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GRUPO DFG es una empresa privada que se crea hace más de 30 años, con el objetivo de impartir actividades dentro del sector laboral y profesional.

Actualmente, disponemos de convenios con Centros Adheridos, a un proyecto empresarial dentro del sector de la formación, siendo uno de los mayores centros de España en formación e-learning donde encontrarás un gran catálogo a tu medida.

Desde los distintos Centros Adheridos en toda España, ofrecemos servicios de formación a personas de todo el mundo a través de Internet.

Nuestra metodología ONROOM, basada en videoconferencias en directo, nos permite llegar a alumnos de más de 30 países diferentes.

El equipo humano de GRUPO DFG está formado por más de 400 personas que poseen una alta cualificación profesional para la labor que desempeñan, siendo la mayoría de ellas titulados universitarios. Disponiendo de un catálogo con más de 3.000 libros y más de 6.000 contenidos interactivos.

CURSOS LOW COST

Facilitamos a nuestros alumnos el acceso a formación a bajo precio y con certificado inmediato en el momento de la finalización del curso. Muchos de los Cursos están Supervisados por la Universidad Santa Ana (Centro adscrito a la Universidad de Extremadura).

Gestionamos todos los trámites administrativos necesarios para bonificar su Formación Gratuita de la Fundación Estatal para la formación de empleo (FUNDAE).


FORMACIÓN


CERTIFICACIONES

¿QUÉ SON LAS CERTIFICACIONES OFICIALES?

Las certificaciones son sistemas de acreditación en algunas de las competencias más demandadas en el nuevo Espacio Europeo de Educación.

Actualmente, existe una tendencia a nivel mundial a evaluar todos los ámbitos y aspectos de la sociedad. Esto se da como resultado de un entorno global, menos diferenciado y cada vez más competitivo.

Estas directrices imponen en los agentes demandantes de empleo, Empresas e Instituciones, Organismos, ETT’s, la necesidad de certificar todos aquéllos conocimientos adquiridos de forma no oficial.

Para poder entender la importancia de este tema, primeramente tenemos que conocer qué es una certificación y una acreditación, y todo lo que ello supone: La Certificación está orientada a la evaluación del grado de cumplimiento de los productos y/o servicios respecto normas determinadas. La Acreditación reconoce la competencia técnica de una organización para la realización de ciertas actividades bien definidas de evaluación de la conformidad.

Con esta certificación en un determinado área y su respectiva acreditación, lo que estaremos dando a conocer es el reconocimiento del ámbito evaluado a nivel nacional o internacional, así como ofrecer confianza a todos aquéllos que nos exigen esa ‘cualidad’ específica.



Especialistas en Formación Online

Si estás interesado en cualquiera de nuestros productos o servicios puedes contactar con nosotros.


SEGURIDAD SOCIAL

-En los contratos para la formación se bonificará el 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluidas las prórrogas.

-Las empresas que celebren contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo, tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga, a una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social (por contingencias comunes, así como las correspondientes a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional, correspondientes a dichos contratos) del 100% si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 trabajadores, o del 75% en el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.

-Para poder acogerse a esta reducción hay que tener en cuenta las limitaciones de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.

-El trabajador debe ser desempleado e inscrito en la Oficina de Empleo.

-La empresa tiene que estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

-El trabajador contratado no puede haber estado vinculado a la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores mediante contrato indefinido. Ni en los 6 meses anteriores a su contratación con un contrato temporal, de formación, de duración determinada o de relevo.

-El trabajador contratado no puede haber estado en los 6 meses anteriores trabajando en la misma empresa con contrato temporal

-El trabajador contratado no puede haber finalizado un contrato indefinido en los 3 meses anteriores a la contratación en cualquier empresa, salvo que haya sufrido un despido improcedente o colectivo.

-La contratación no puede realizarse a parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario. Esta exclusión no se aplicará cuando el empleador sea un autónomo que contrate a su hijo, o cuando se trate de un trabajador autónomo sin asalariados que contrate a un solo familiar, que no conviva con él.

-Si se transforma en indefinido un contrato para la formación y el aprendizaje, la empresa tendrá derecho a una reducción de la cuota empresarial de la Seguridad Social de 1.500 € en el caso de hombres y 1.800 € en mujeres, durante 3 años.


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